Chile aprueba segundo retiro del 10% de pensiones

La ley fue avalada por el Congreso de forma expedita y definitiva, quedando lista para su promulgación por el presidente Sebastián Piñera.

El Congreso de Chile aprobó este jueves (03.12.2020) de manera definitiva el proyecto de ley presentado por el gobierno para permitir a los ciudadanos un segundo retiro anticipado del 10% de sus fondos de pensiones para hacer frente a las complicaciones económicas que está causando la pandemia.

La iniciativa fue aprobada en tercer trámite por el Senado con el voto a favor de 41 legisladores y una abstención, finalizando su curso parlamentario y quedando lista para su promulgación como ley por el presidente chileno, el conservador Sebastián Piñera.

Este proyecto oficialista surgió como contrapropuesta a una moción parlamentaria que buscaba también, con algunas diferencias, un segundo retiro anticipado de las pensiones, después de que el pasado mes de julio fuese aprobado el primero en una reforma considerada histórica y del que ya se han beneficiado más de 9 de los 11 millones de afiliados al sistema de capitalización individual chileno.


Impuesto a las rentas más altas

Ambas iniciativas (la moción parlamentaria y el proyecto del gobierno aprobado hoy) comparten puntos como mantener el carácter universal del retiro sin importar la renta de las personas que deseen ejecutarlo pero difieren en el aspecto impositivo.

El proyecto del gobierno fija impuestos para ciudadanos con rentas mensuales superiores a 1,5 millones de pesos (cerca de 2.000 dólares) que decidan retirar su 10 % anticipado. En cambio, la propuesta parlamentaria original no aplicaba gravamen al retiro.

Con esta reforma, todos los afiliados al sistema privado de pensiones chileno -excepto las altas autoridades del Estado, que están excluidas- podrán realizar, de forma voluntaria y excepcional, un segundo retiro de hasta el 10% de sus fondos de previsionales con el objetivo de aliviar los problemas económicos que ha ocasionado la crisis del COVID-19.

Estos fondos se encuentran depositados en las llamadas Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP), empresas privadas encargadas de gestionar el ahorro individual obligatorio en el que se basa el modelo chileno, mediante el cual cada trabajador aporta un 10% mensual de su sueldo bruto a un fondo de pensiones personal del que puede disponer cuando se jubila.

Este segundo retiro contempla las mismas características que el primero y establece que el monto mínimo a retirar será de 35 Unidades de Fomento (UF, unidad monetaria cambiante de existencia no física que se utiliza en Chile para ajustar las transacciones comerciales, contables y bancarias de acuerdo a la inflación), lo que equivale aproximadamente a un millón de pesos (unos 1.300 dólares).

El monto máximo será equivalente a 150 UF, que son alrededor de 4,3 millones de pesos (unos 5.700 dólares).

Extraído de: dw

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