Procuradora revela en Pepca se encontró 326 casos pendientes de corrupción administrativa que datan de 2003 a la fecha

La Procuraduría dijo que en su gestión no se utilizará ese criterio, tras insistir que en que no sabía qué criterio utilizaba

Santo Domingo, RD

La procuradora general de la República, Miriam Germán, reveló que encontraron en la Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca) un total de 326 casos pendientes de corrupción administrativa que datan de 2003 a la fecha.

La magistrada dijo que las investigaciones con relación a los casos de presuntos actos de corrupción que se encontraban en el Pepca, se realizaban de manera selectiva «sobre qué investigaba y qué no».

La Procuraduría dijo que en su gestión no se utilizará ese criterio, tras insistir que en que no sabía qué criterio utilizaba el Pepca para investigar los casos denunciados ante ese órgano de investigación.

«Yo no sé  qué criterio se utilizaba también para decirle a la encargada del departamento anticorrupción deja ese caso, o persigue a quien, vinculada a la política e intereses económico», adujo Germán, tras ser entrevista en el programa Despierta con CDN que se transmite por el canal 37.

Asimismo, la magistrada Mirian Germán dijo que en la gestión del ex procurador general de la República, Jean Alain Rodríguez, las investigaciones se realizaban de manera selectiva.

En ese sentido, Yeni Berenice Reynoso,  directora general de Persecución del Ministerio Público, sostiene que los indicadores de gestión revelan que debieron entrar más procesos al Pepca.

Expresó que las puertas del Ministerio Público están abiertas para recibir las denuncias, querellas, por programas de investigación o lo que lleguen al Ministerio Público de manera anónima.

Creación del Pepca 

Mediante Resolución 0003, del Consejo Superior del Ministerio Público, emitida el 4 de febrero de 2013, se eleva para que en lo adelante se denomine Procuraduría Especializada de Persecución de la Corrupción Administrativa (Pepca).

La misma fue adscrita a la Dirección General de Persecución del Ministerio Público, encargada de la política de persecución de los casos de crímenes y delitos de Corrupción Administrativa a nivel nacional, sirviendo, además, como asesora de las fiscalías en el ámbito de su especialidad. Al frente fue asignada Laura Guerrero Pelletier.

La Resolución que crea el Pepca, considera la misma como órgano complementario de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público. De esta forma el Ministerio Público, por la complejidad de los casos puede ejercer una intervención especializada que permita lograr un trabajo más eficaz y determinante en esta área.

Funciones y responsabilidades del Pepca 

Funciones: Definidas en los artículos 38 y 54 de la Ley 133-11, Ley Orgánica del Ministerio Público.

1. Dirigir las investigaciones y promover el ejercicio de la acción pública, por sí o por intermedio de los procuradores generales de Cortes de Apelación a su cargo, en todos aquellos casos cuyo conocimiento en primera instancia corresponde conforme a la Constitución a las Cortes de Apelación.

2. Supervigilar las investigaciones y el ejercicio de la acción penal a cargo de las fiscalías de su región y dictar a los procuradores fiscales titulares las instrucciones particulares que correspondan cuando advierta negligencia manifiesta en la gestión de los casos.

3. Asumir, personalmente o a través de un Procurador General de Corte a su cargo, cualquier proceso penal de acción pública de su región cuando advierta negligencia o incapacidad manifiesta en la gestión del caso.

3.1 Esta avocación estará precedida de un dictamen motivado al efecto y comporta el traslado la responsabilidad de la gestión del caso, no pudiendo ser devuelto al Ministerio Público originariamente apoderado.

4. Velar el cumplimiento efectivo de la dirección funcional de la investigación a cargo de los miembros del Ministerio Público. Podrá realizar gestiones de coordinación con la policía o cualquier otra agencia ejecutiva de investigación o seguridad a nivel regional para facilitar esta dirección funcional.

5. Conocer y resolver acerca de las recusaciones planteadas contra los miembros del Ministerio Público.

6. Gestionar por ante la Dirección General de Persecución del Ministerio Público la protección de víctimas, testigos u otros sujetos cuando fuere necesario en los casos a su cargo.

7. Fomentar la resolución alternativa de disputas, conforme a las políticas de persecución y las instrucciones generales.

8. Coadyuvar a la implementación de las políticas estatales de prevención y control de la criminalidad y la política penitenciaria, bajo la supervisión y coordinación del Procurador General de la República.

9. Colaborar en la formulación de las propuestas de políticas de persecución penal.

10. Velar por el cumplimiento de las políticas de persecución penal dictadas por el Consejo Superior del Ministerio Público.

11. Comunicar las necesidades presupuestarias de su región o ámbito especializado al Procurador General de la República.

12. Proponer al Consejo Superior, por intermedio del Procurador General de la República, la creación, supresión, fusión o ubicación de fiscalías y la correspondiente distribución de sus funcionarios.

13. Encargar interinamente, en coordinación con el Director General de Carrera, la dirección de una fiscalía a uno de los procuradores fiscales de su región o ámbito especializado, conforme al escalafón, para suplir la ausencia del que la dirige, de todo lo cual dará informe inmediato al Procurador General de la República, el cual podrá confirmar o modificar esta decisión.

14. Supervisar el eficaz desempeño del personal a su cargo y la adecuada administración de los recursos materiales y económicos bajo su responsabilidad.

15. Ejercer las demás atribuciones que le sean asignadas por la ley o los reglamentos.

Extraído de: listindiario

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