Guía: ¿Qué puedo hacer si la empresa suspende mi contrato de trabajo?

Esta guía responde inquietudes sobre lo que significa tener el contrato suspendido y cómo y a quiénes les llegará la ayuda del gobierno a través del Fondo de Asistencia al Empleado (FASE)

Desde que el gobierno ordenó el cese de actividades económicas no esenciales y la suspensión de vuelos para evitar la propagación del nuevo coronavirus, miles de empresas han suspendido los contratos de sus empleados, una situación que ha generado incertidumbre entre la población laboral.

Hasta el jueves el Ministerio de Trabajo contaba por más de 400,000 los trabajadores afectados por las interrupciones de sus contratos, mientras que el Ministerio de Hacienda estima que la crisis podría afectar a unos 750,000 empleados.

Para evitar un repunte en el desempleo y aliviar la situación económica de los trabajadores, el gobierno ha presentado medidas de asistencia financiera al menos por los próximos 60 días. No obstante, los afectados se preguntan qué ocurrirá más adelante.

Si la empresa suspendió mi contrato, ¿eso quiere decir que perdí mi empleo?

No. De acuerdo al Código Laboral, las empresas tienen la opción de suspender contratos de sus trabajadores en situaciones de fuerza mayor. La emergencia por el COVID-19, que ha llevado al gobierno a ordenar el cese de actividades no esenciales, ha generado decenas de miles de suspensiones de contratos, una opción incluida en las normas laborales.

¿Debo recibir una liquidación si suspenden mi contrato laboral?

No. La liquidación se recibe si la empresa decide cancelar al trabajador, pero no durante la suspensión porque una vez que venza el lapso de la misma, el empleado volverá a sus funciones regulares.

¿Cuánto tiempo puede durar la suspensión de mi contrato?

El Código Laboral indica en su artículo 55 que la duración máxima de la suspensión de contrato es de 90 días en un periodo de 12 meses. Si el empleador necesitara una extensión de la suspensión de los contratos de sus trabajadores, deberá solicitar autorización del Ministerio de Trabajo, ente que la podrá otorgar solo “si persisten las causas que originan la suspensión”.

¿Qué ocurrirá cuando termine el periodo de suspensión del contrato?

El trabajador debe presentarse a su puesto de trabajo y seguir con sus labores apenas culmine el periodo de suspensión.

¿Las empresas pueden recortar personal mientras los contratos están suspendidos?

No deberían porque, al estar congelados los contratos, no se puede proceder al despido de los trabajadores.

¿Por qué algunas empresas pagaron vacaciones en lugar de suspender contratos?

El Cödigo Laboral ofrece dos salidas a las empresas ante un evento de fuerza mayor, como lo es la crisis por el COVID-19: la suspensión de los contratos y también vacaciones colectivas obligadas.

¿Qué hago para recibir la asistencia del fondo FASE?

Es la empresa, y no el trabajador, la que debe hacer la gestión. El ministro de Trabajo, Winston Santos, informó que los patronos deben entrar a la web del SIRLA del Ministerio de Trabajo y llenar la planilla DGT-9 para reportar la suspensión de los contratos de los empleados. Si la empresa no está cerrada ni sus contratos suspendidos, puede solicitar la ayuda para sus trabajadores, también a través del Ministerio de Trabajo.

Luego de obtenidas las solicitudes, el despacho laboral pedirá a las empresas los datos personales y bancarios de sus trabajadores. El Ministerio de Trabajo debe enviar cada 12 horas los datos de todos esos trabajadores al Ministerio de Hacienda que ordenará los pagos.

Me pagan el salario en efectivo y no tengo cuenta bancaria. ¿Cómo recibiré la asistencia?

El ministro de Hacienda, Donald Guerrero, indicó que en el caso de las personas que no tengan cuentas bancarias, el propio gobierno les abrirá una en el Banco de Reservas donde se abonará la asistencia.

¿El gobierno cubrirá todo mi salario?

No. A través de FASE se entregará al trabajador suspendido el equivalente al 70 % de su salario ordinario, siempre que ese porcentaje represente no menos de 5,000 pesos y un máximo de 8,500 pesos.

¿Y qué pasará con el resto de mi salario?

Lo debe cubrir la empresa. El ministro de Hacienda dijo este viernes que entiende que hay empresas que lo están pasando mal, pero instó a que aporten a los trabajadores “por lo menos la diferencia y, si pueden un poco más, mejor”. Agregó que existen beneficios tributarios y financiamientos a bajo costo al que pueden acceder para paliar la situación y cumplir con sus trabajadores.

En mi empresa no suspendieron contratos, pero nos dieron vacaciones obligadas. ¿Tendremos asistencia con FASE?

Si el trabajador labora en una empresa que sigue operando, la asistencia será de 5,000 pesos por persona. Pero, la única condición es que mientras esté en vigencia el FASE, la empresa no puede despedir ni siquiera a un trabajador.

¿El gobierno tiene capacidad para atender a todos los afectados?

El ministro de Hacienda, Donald Guerrero, dijo este viernes que prevén asistencia a 750,000 trabajadores por los próximos 60 días y que cuentan con los recursos para cubrir esa coyuntura. Hasta los momentos, en el Ministerio de Trabajo se han registrado suspensiones que afectan a alrededor de 450,000 empleados.

Tengo una pequeña empresa y de los 19 trabajadores, nueve entraron a finales de febrero. ¿El gobierno nos tomará en cuenta para la ayuda de FASE?

El decreto presidencial 143-20 que crea FASE dice que las empresas deben estar al día con sus aportes a la Tesorería de la Seguridad Social a febrero, con la excepción de los trabajadores con contratos suspendidos de las empresas de los siguientes sectores: supermercados, colmados, farmacias y cualquier establecimiento de expendio de alimentos crudos, medicamentos y productos de higiene. Igualmente, aquellos empleados suspendidos de empresas de logística de mercancías, compañías agrícolas, ganaderas, de alimentos, de seguridad privada, mineras y canteras, almacenes de expendio de alimentos, medicamentos y agroindustriales, sector financiero, multimedios, generadores de energía, salud, universidades, telecomunicaciones y organizaciones sin fines de lucro que reciben transferencias del gobierno.

Extraído de: https://www.diariolibre.com/economia/guia-que-puedo-hacer-si-la-empresa-suspende-mi-contrato-de-trabajo-KO18078626

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