DGCP regula excepciones en las contrataciones públicas con nuevo manual

La institución establece requisitos para aplicar procedimientos extraordinarios y refuerza las disposiciones sobre transparencia, controles y uso de los recursos públicos.

excepciones

Santo Domingo, R D. — La Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP) publicó un nuevo manual que establece las condiciones para utilizar las excepciones en las contrataciones públicas, con el objetivo de garantizar que estas modalidades extraordinarias se apliquen conforme a la Ley núm. 47-25 y su Reglamento General de Aplicación núm. 52-26.

El documento establece criterios de cumplimiento obligatorio para las instituciones públicas y busca evitar que las excepciones se conviertan en una alternativa habitual a los procesos ordinarios de selección. Además, procura fortalecer la transparencia, la eficiencia administrativa, la integridad institucional y la protección del interés general.

La guía detalla las circunstancias en las que las entidades pueden recurrir a estas modalidades, así como los requisitos, las autorizaciones y los controles que deben observar antes de iniciar una contratación excepcional.

DGCP establece reglas para las excepciones en las compras públicas

La DGCP explicó que las excepciones constituyen mecanismos extraordinarios previstos en la legislación para responder a determinadas circunstancias que requieren un tratamiento diferente de los procedimientos ordinarios de contratación.

Su aplicación no depende únicamente de la decisión de una institución. Para utilizar estas excepciones, las entidades deben demostrar que se cumplen las causas legales correspondientes y aportar la justificación necesaria.

Según el caso, será necesario contar con un decreto presidencial o una resolución motivada de la máxima autoridad de la institución o del Comité de Contrataciones Públicas, conforme a las disposiciones aplicables.

El manual también procura que las excepciones respondan a necesidades concretas y debidamente fundamentadas, en lugar de utilizarse para sustituir procesos competitivos que podrían realizarse de manera regular.

Las excepciones no eliminan los controles institucionales

Uno de los aspectos destacados por el órgano rector es que el carácter extraordinario de las excepciones no significa que las instituciones puedan utilizarlas sin restricciones.

Antes de iniciar uno de estos procedimientos, las entidades contratantes deben verificar que la situación se encuentre dentro de las causales establecidas en la normativa. También deben evaluar si resulta más conveniente realizar un procedimiento ordinario de selección.

El documento precisa que estas modalidades no están sujetas a un umbral de presupuesto estimado, pero esta condición no autoriza su aplicación discrecional.

Asimismo, continúan vigentes las disposiciones relacionadas con las inhabilidades para contratar con el Estado y los mecanismos de debida diligencia que forman parte del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas.

En materia de publicidad, los procedimientos deben registrarse en el Sistema Electrónico de Contrataciones Públicas (SECP), con excepción de los correspondientes a seguridad nacional. Esta obligación contribuye a facilitar el seguimiento de los procesos y la rendición de cuentas sobre el manejo de los fondos públicos.

¿En qué casos pueden utilizarse las excepciones?

La Ley núm. 47-25 contempla diferentes circunstancias que permiten recurrir a las excepciones, siempre que se cumplan las condiciones particulares de cada modalidad.

Entre las principales situaciones contempladas en el manual figuran las siguientes:

  • Emergencias: cuando exista un decreto presidencial que declare una situación que altere gravemente la normalidad. Las contrataciones deben limitarse a los bienes, servicios u obras estrictamente necesarios para atenderla.
  • Seguridad nacional: para adquisiciones relacionadas con las funciones de defensa y seguridad del Estado.
  • Urgencia: cuando existan circunstancias imprevisibles, inmediatas, concretas y justificadas que impidan utilizar oportunamente un procedimiento ordinario. No procede cuando la situación sea consecuencia de una planificación deficiente o negligencia administrativa.
  • Bienes o servicios exclusivos: cuando las características de la contratación limiten las opciones disponibles y esta condición esté sustentada mediante un estudio de mercado.
  • Proveedores únicos: cuando se justifique que solo un proveedor puede satisfacer la necesidad de la institución.
  • Contratos rescindidos: para concluir trabajos o servicios pendientes cuando se cumplan los requisitos legales, incluido el límite de ejecución restante de hasta el 40 % del contrato y la inexistencia de otros oferentes habilitados.
  • Arrendamiento de inmuebles: para contratar espacios destinados al uso de las instituciones estatales.
  • Condiciones excepcionalmente favorables: para adquirir bienes en circunstancias extraordinarias, como liquidaciones, ventas judiciales y otras enajenaciones especiales.

El marco también incluye la contratación de servicios personalísimos, publicidad a través de medios o plataformas de comunicación social y digital, universidades y centros de investigación, así como servicios de representación jurídica y gestión de intereses.

Selección competitiva y directa en las excepciones

El manual establece que las excepciones no deben tramitarse todas de la misma manera. La modalidad de selección dependerá de la causal invocada y de las circunstancias específicas de la contratación.

En determinados supuestos, corresponde realizar una selección competitiva. Entre ellos figuran los procedimientos relacionados con emergencias, seguridad nacional, urgencias, bienes o servicios exclusivos, contratos rescindidos e inmuebles destinados al uso estatal.

La normativa también permite la selección directa en circunstancias específicas de emergencia y seguridad nacional, siempre que se cumplan las condiciones previstas en el reglamento correspondiente.

Otros casos están vinculados con la naturaleza particular de los servicios o de los bienes requeridos. En este grupo se encuentran las prestaciones de carácter personalísimo, los proveedores únicos, la contratación directa de publicidad con medios o plataformas de comunicación, las universidades y los centros de investigación, los servicios jurídicos y la gestión de intereses, además de las adquisiciones bajo condiciones excepcionalmente favorables.

Esta clasificación busca que la elección del procedimiento se corresponda con la necesidad que pretende atenderse y con los requisitos establecidos en la legislación.

Manual busca fortalecer la transparencia pública

Con la publicación de esta herramienta, la Dirección General de Contrataciones Públicas procura orientar a las instituciones en la aplicación correcta de las excepciones y reforzar las buenas prácticas en los procesos de adquisición estatal.

La institución reiteró su compromiso con el fortalecimiento de las capacidades de los participantes del Sistema Nacional de Contrataciones Públicas, mediante instrumentos que contribuyan a mejorar la gestión, promover la confianza ciudadana y obtener mejores resultados en el uso de los recursos del Estado.

La aplicación adecuada de las excepciones resulta especialmente importante porque permite responder a situaciones extraordinarias sin abandonar los principios de legalidad, transparencia y responsabilidad administrativa.

Por ello, el manual constituye una referencia para que las entidades contratantes identifiquen cuándo pueden recurrir a estas modalidades, qué documentación deben presentar y cuáles controles deben respetar durante el procedimiento.

¿Dónde consultar el manual de la DGCP?

Las instituciones públicas, proveedores y demás interesados pueden consultar el documento completo en el portal oficial de la Dirección General de Contrataciones Públicas, dentro de la sección Nosotros → Marco Legal → Manuales de Procedimientos.

El manual está disponible en el siguiente enlace:

Consultar el Manual General de Procedimientos de Excepción de las Contrataciones Públicas

La DGCP exhorta a las entidades contratantes a utilizar esta herramienta como referencia para aplicar las excepciones de acuerdo con la legislación vigente y contribuir a una administración pública más transparente y eficiente.

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