Gobierno habilita plataforma Costo Referencial Transporte Mercancías

Santo Domingo.- El gobierno, a través del Instituto Nacional de Tránsito y Transporte Terrestre (Intrant), dejó hoy habilitada la plataforma de Costo Referencial de Transporte de Mercancías (Cortram 2.0), cuyo propósito es que los usuarios conozcan el costo aproximado a pagar, recibir u ofrecer el servicio de transporte de carga.

Al encabezar el acto, el director ejecutivo del Intrant, Rafael Arias, dijo que “Cortram 2.0 es una herramienta digital capaz de calcular los costos operativos asociados a las distintas unidades de transporte de cargas que ofrecen servicio en todo el país”.

Asimismo, el titular del Intrant explicó que, a través de esa herramienta, disponible en https://crt.intrant.gob.do/transporte cualquier ciudadano podrá obtener los costos aproximados a pagar según el tipo de mercancía y el origen y destino del traslado de esta.

Rafael Arias expresó, además, que los interesados en el servicio pueden acceder al citado enlace en la web del Intrant, colocar un punto de origen y destino y presionar la opción calcular para obtener la referencia de costo y recibir la ruta recomendada para el viaje.

En dicha plataforma, el usuario también tendrá que especificar la categoría, tipo y año del vehículo, combustible que utiliza y la herramienta le proporcionará el costo aproximado, la distancia y tiempo, así como los gastos y costos asociados.

En un encuentro que contó con el respaldo del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), junto a autoridades y empresas vinculadas al transporte logístico, Arias puntualizó que “el uso de este tipo de tecnologías permite transparentar los costos que intervienen en la movilidad de una carga terrestre, promover la integración de nuevos proyectos de emprendimiento del sector y servir como una herramienta de equilibrio entre la oferta y la demanda, al momento de la negociación del servicio”.

“En este contexto quiero anunciar que, por primera vez en el país, desde el Intrant estaremos celebrando la Semana del Transporte de Cargas y Logística, realizando actividades informativas, educativas y de promoción, contando con el apoyo de varias instituciones y del sector privado”.

Una plataforma renovada para el Registro Nacional de Vehículos de Cargas

Como parte de la digitalización e incorporación de nuevas tecnologías para el transporte pesado, el director del Intrant también anunció la habilitación renovada del “Registro Nacional de Vehículos de Carga”, que permitirá diferenciar los tipos de vehículos de acuerdo a su uso, carrocería, capacidad de carga, dimensiones, entre otros datos. El registro, disponible en la oficina virtual del Intrant https://ov.intrant.gob.do/, es gratuito para los usuarios y permitirá un mayor conocimiento del parque automotor de cargas y la generación de estadísticas para el diseño de políticas públicas focalizadas en las necesidades del sector.

Para realizar el registro, el usuario debe ingresar al sistema y especificar el número de placa, matrícula, cédula o RNC del propietario del o los vehículos, así como las dimensiones en metros (ancho, alto y largo), peso bruto o capacidad máxima de carga expresada en toneladas y potencia del motor.

Sobre los avances para el transporte de cargas

Los avances del sector cargas son resultado del esfuerzo del Intranet, entidad que ha coordinado con las empresas e instituciones del sector para la detección y levantamiento de las necesidades de esa modalidad de transporte en el país, además del acompañamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID).

Base legal

Las referidas incorporaciones del Intrant para el desarrollo y modernización del transporte de cargas se sustenta en la Ley 63-17, de Movilidad, Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial, que establece en su Artículo 107 que “los vehículos, remolques y semiremolques dedicados al transporte de cargas deberán ser inscritos en el Registro Nacional de Vehículos de Transporte de Cargas, que estará bajo la dependencia del Intrant».

De igual modo, la plataforma Cortram 2.0 basa su desarrollo en cumplimiento del Artículo 81 del Reglamento de Transporte de Cargas, Decreto 258-20.

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